Asumir los gastos funerarios
En Alemania, el entierro es obligatorio. En caso de fallecimiento, los familiares del difunto (en el orden establecido por la ley) están obligados a organizar el funeral. También tienen que correr con los gastos ocasionados, que pueden reclamar a los herederos de la herencia, si no lo son ellos mismos.
Si los familiares no están en condiciones de sufragar los gastos funerarios y el patrimonio del difunto tampoco es suficiente, los familiares pueden solicitar que se cubran los gastos funerarios.
Los gastos de sepelio necesarios están cubiertos previa solicitud con arreglo al artículo 74 del Código de la Seguridad Social, parte XII (SGB XII), si la persona obligada al pago no puede razonablemente hacer frente a los gastos.
Los gastos funerarios se cubren en el siguiente orden
- las partes obligadas contractualmente
- los herederos (sin cuantía exenta con la totalidad de la herencia)
- las personas a cargo (en el siguiente orden: cónyuge, familiares de primer grado [padres, hijos], familiares de segundo grado [hermanos, nietos, abuelos])
- los obligados con arreglo al artículo 13 de la Ley de Cementerios y Sepulturas
- el responsable de un centro si la persona que debe ser enterrada falleció en el centro.
En principio, las partes igualmente obligadas responden con su parte per cápita. La asunción de los costes depende del patrimonio y de los ingresos y bienes de los obligados. En caso de que los gastos funerarios deban sufragarse conforme al artículo 74 SGB XII, recomendamos informar de ello a la funeraria en el momento de realizar el pedido.
Enlaces y descargas
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Asumir los gastos funerarios
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65189 Wiesbaden
Dirección postal
65029 Wiesbaden
Viaje
Notas sobre el transporte público
Parada Weidenbornstraße, líneas de autobús 3, 6 y 33.
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