Solicitud inicial de ayuda para la vivienda
Si los ingresos de su hogar no son suficientes para sufragar los gastos de su vivienda, es posible que tenga derecho a una ayuda para la vivienda. Esta ayuda se concede a los inquilinos en forma de subsidio de alquiler y a los propietarios de viviendas (casas o pisos) en forma de subsidio para gastos de vivienda.
Atención:
La ayuda para la vivienda solo se concede previa solicitud. El pago se efectúa a partir del día 1 del mes en el que se haya presentado la solicitud.
El importe de la ayuda para la vivienda depende del tamaño de la familia, de los ingresos familiares y del importe del alquiler o de los gastos que se tengan en cuenta. El alquiler que da derecho a la ayuda para la vivienda incluye los gastos de comunidad (el denominado «alquiler bruto sin gastos de calefacción»), pero no los gastos de calefacción ni de agua caliente.
Quedan excluidos del pago de la ayuda para la vivienda, entre otros, los beneficiarios de prestaciones previstas en el Código Social (SGB) II y SGB XII, si en el cálculo de dichas prestaciones ya se han incluido los gastos de alojamiento.
Puede utilizar nuestras solicitudes en línea.
En Enlaces y descargas encontrará formularios de solicitud en pdf y hojas informativas.
Aquí encontrará más información sobre el subsidio de vivienda . (Se abre en una nueva pestaña). (Se abre en una nueva pestaña)
Servicios en línea
Si desea enviar documentación, puede hacerlo por correo electrónico; le recomendamos que envíe los archivos adjuntos en formato PDF. También puede enviar la documentación por correo postal, depositarla en el buzón del edificio o entregarla en la recepción (entrada B). Basta con enviar copias, salvo que se soliciten expresamente los originales.
Subsidio de vivienda Solicitud inicial de subsidio de alquiler
Subsidio de vivienda Solicitud inicial de subsidio de gravamen
Enlaces y descargas
Solicitud inicial de ayuda para la vivienda
correo electrónico
Teléfono
- +49 611 315329
- +49 611 314992