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Planificación del bienestar de los jóvenes

Trabajo juvenil

"Hay que proporcionar a los jóvenes los programas de trabajo juvenil necesarios para promover su desarrollo...".

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Capacitar a los jóvenes Programa de acción de Wiesbaden

§ Sección 11 SGB VIII (1): "Se proporcionarán a los jóvenes los programas de trabajo juvenil necesarios para promover su desarrollo. Deben basarse en los intereses de los jóvenes y ser codeterminados y codiseñados por ellos, capacitarles para la autodeterminación y animarles y guiarles hacia la responsabilidad social y el compromiso social". Esto abre un amplio campo de planificación que -junto con muchos profesionales del trabajo juvenil- también debe ser codiseñado y planificado por la planificación del bienestar juvenil.

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