- Certificado de matriculación original, parte I (permiso de circulación)
- Certificado de matriculación original, parte II (documento de propiedad del vehículo)
- Documentación original extranjera del vehículo, en su caso con CoC o confirmación de datos de un perito oficialmente reconocido. En el caso de vehículos sin homologación, un informe pericial según el artículo 21 del StVZO (Código de Circulación alemán) o el artículo 13 del EG-FGV (Reglamento sobre la homologación de vehículos).
- En el caso de vehículos importados, un contrato de compraventa como prueba del derecho de disposición.
- placas de matrícula (solo es necesario presentarlas si el vehículo no está fuera de servicio)
- Tarjeta amarilla del seguro para matrículas de exportación.
- Prueba de inspección técnica válida (HU), ya sea mediante la presentación del informe HU original o mediante la inscripción en el certificado de matriculación parte I.
- El vehículo debe presentarse antes de la matriculación o la asignación. (En particular, para identificar el vehículo, pero también para realizar una inspección visual del estado del vehículo)
- Mandato de domiciliación bancaria SEPA o certificado de conformidad de la oficina de aduanas sobre el impuesto de vehículos ya pagado
. En su caso, poder de recepción (si el solicitante reside en el extranjero).
- Documento de identidad válido o pasaporte válido con certificado de empadronamiento (con una antigüedad máxima de 3 meses) o documento sustitutivo válido
- Documento de identidad válido de la UE con certificado de empadronamiento (con una antigüedad máxima de 3 meses).
- Para ciudadanos no pertenecientes a la UE, pasaporte con permiso de residencia electrónico (eAT).
Nota: Se recomienda a los solicitantes y titulares que hayan registrado una restricción de información en el registro civil que presenten un certificado de empadronamiento reciente en la entrevista. Sin la presentación de un certificado de empadronamiento, la tramitación puede retrasarse o incluso rechazarse la solicitud, ya que entonces se debe realizar una consulta manual en la oficina de atención al ciudadano.
En el caso de empresas individuales (personas físicas), personas jurídicas y autónomos, además:
- Inscripción en el registro mercantil o extracto del registro mercantil
- en el caso de empresas extranjeras, además, traducción de los documentos de la empresa (intérprete oficialmente reconocido) (con una antigüedad máxima de 3 años)
- En el caso de los autónomos (sin registro mercantil): membretes de la empresa
- En caso de representación por terceros: poder del propietario del vehículo y documento de identidad del representante.